Cuánto se cobra de paro en neto
Lo que te dice la resolución del SEPE es la cantidad bruta. Del paro se descuenta tu parte de la cotización a la Seguridad Social y, si te corresponde, una retención de IRPF.
Por Nicolas Martín y Elena Terrón · Datos revisados el 29 de octubre de 2026 · Fuentes · Cómo hacemos el contenido
En resumen
- Del paro se descuenta tu parte de la cotización a la Seguridad Social: en 2026, alrededor del 4,85 % de tu base reguladora (4,70 % más 0,15 % del mecanismo de equidad intergeneracional).
- La parte de la empresa la paga el SEPE. Por eso el paro cuenta para tu jubilación.
- La retención de IRPF depende de lo que cobres en el año y de tu situación familiar, como en una nómina. Puedes pedir que te retengan más.
- Cobrar el paro ya no obliga por sí solo a hacer la declaración de la renta: se aplican los límites generales.
Del bruto al neto
Las cuantías del paro (el 70 % de tu base los 6 primeros meses y el 60 % después, con un mínimo y un máximo) son brutas. A esa cantidad el SEPE le resta dos cosas:
- Tu parte de la cotización a la Seguridad Social.
- La retención de IRPF, si te corresponde.
Puede haber otros descuentos en casos concretos, como un embargo o la devolución de un cobro indebido.
La cotización a la Seguridad Social
Mientras cobras el paro sigues cotizando, igual que cuando trabajabas. El SEPE paga la parte que pagaba tu empresa y te descuenta la tuya. En 2026 tu parte es aproximadamente el 4,85 % de tu base reguladora: el 4,70 % por contingencias comunes y el 0,15 % del mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), que sube un poco cada año.
Gracias a esa cotización, el tiempo que cobras el paro cuenta para tu pensión de jubilación. No cuenta, en cambio, para un nuevo paro.
La retención de IRPF
El paro tributa en el IRPF como rendimiento del trabajo. El SEPE calcula la retención como lo haría una empresa: según lo que vas a cobrar de paro en el año y la situación personal y familiar que comunicas al pedirlo. No hay un porcentaje fijo, y con importes bajos puede no haber retención.
Puedes pedir que te retengan más entregando al SEPE el modelo 145 de Hacienda. Es útil si en el mismo año has tenido otro trabajo y no quieres llevarte una sorpresa en la declaración. La nueva retención se aplica hasta final de año.
Un ejemplo completo
Base reguladora de 1.400 € al mes, sin hijos:
- Paro bruto los 6 primeros meses: 70 % de 1.400 = 980 €.
- Cotización a la Seguridad Social: 4,85 % de 1.400 = unos 68 €.
- Neto antes de IRPF: unos 912 € al mes.
- Desde el mes 7: 840 € brutos, unos 772 € antes de IRPF.
Si te aplican retención de IRPF, se resta además el porcentaje que figure en tu resolución.
Cálculo orientativo con el tipo de cotización de 2026. La cifra exacta aparece en la resolución del SEPE y en el certificado de prestaciones.
¿Y el subsidio?
Del subsidio no se descuenta cotización a la Seguridad Social. En el subsidio para mayores de 52 años el SEPE cotiza por ti para la jubilación, sin coste para ti.
El subsidio también es renta a efectos del IRPF. Si te retienen o no depende de lo que cobres en el año y de tu situación, como en el paro.
La declaración de la renta
Durante un tiempo, la ley obligó a declarar a todas las personas que cobraban el paro. El Real Decreto-ley 16/2025 y, tras no convalidarse, el Real Decreto-ley 3/2026 eliminaron esa obligación: ahora se aplican los límites generales del IRPF.
Ten en cuenta que el SEPE cuenta como un pagador más. Si en el mismo año trabajaste y cobraste el paro, tienes dos pagadores. Para los ingresos de 2025, el límite general era de 22.000 € con un pagador, pero bajaba a 15.876 € si el segundo pagador superaba 1.500 €. Comprueba los límites del año que declares en la web de la Agencia Tributaria.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2015, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), en su redacción vigente. Consulta el texto consolidado en el BOE. Artículo 273 (cotización durante la prestación).
- Loentiendo, «¿Qué cantidades me puede descontar el SEPE de lo que cobro de paro?», actualizado el 7 de septiembre de 2026. Usado para contrastar. Tipo de cotización de 4,85 % en 2026.
- Loentiendo, «¿Tienen retenciones de IRPF las prestaciones y ayudas por desempleo?», actualizado el 9 de septiembre de 2026. Usado para contrastar. Modelo 145.
- Asesor Excelente, «Fin de la obligación de declarar la renta por cobrar el paro en 2026», 10 de junio de 2026: Reales Decretos-leyes 16/2025 y 3/2026 y límites de declaración de 2025.
Guía informativa: no es asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, confirma con el SEPE o con un profesional.
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